Test sobre el Atestado Policial

El atestado policial viene recogido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, concretamente en los artículos desde el 292 al 297, aunque también se recoge en otros artículos como el 284 y otras leyes y normas. Pero de cara a las diferentes oposiciones en los que uno de los temas principales es el Atestado policial, estos que os menciono son los más importantes. En esta página vamos a hacer una pequeña recopilación de los mejores test sobre el atestado policial que he podido recoger de diferentes exámenes de oposiciones de las diferentes policías locales y autonómicas, así como Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

 

Exámenes Online gratis tipos Test sobre el Atestado policial

Os dejo 4 exámenes exclusivos para vosotros de una gran recopilación de preguntas de exámenes oficiales a policía local y municipal y otras oposiciones donde se recogen lo más importante en relación al Atestado Policial. El número del examen y preguntas irán en aumento, así que no dudes en volver, que te recuerdo que es totalmente gratis.

 

Hacer Test 1

 

Hacer Test 2

 

Hacer Test 3

 

Hacer Test 4

 

¿Qué es el Atestado policial?

 

De manera sencilla se puede decir que el atestado policial es el instrumento oficial de los funcionarios de la policía judicial donde se hace constar las diferentes diligencias que se practican para la averiguación de los diferentes hechos delictivos. En el atestado se especifican entre otras cosas declaraciones de testigos y personas que intervienen en él, informes, hechos averiguados, pruebas, etc.

 

Tipos de Diligencias que forman el atestado

 

  • Inicial: da comienzo al atestado. Puede ser mediante diligencia motivada del instructor como en forma de comparecencia. En esta diligencia se especifica el lugar, hora, fecha de la intervención y el instructor.
  • Investigación: Son el cuerpo del atestado. En ella se plasma la labor policial con el objetivo de esclarecer los hechos (entradas y registros, inspecciones oculares, etc)
  • Trámite: Son el contenido administrativo y burocrático. Nos sirven de nexo de unión del resto de diligencias. Entre ellas destacamos de diligencia de notificación de los derechos del detenido.
  • Terminación y revisión: Es la más importante y la primera que revisa el juez, ya que contiene una síntesis de todas las demás.

Al final de las diligencias se unen las actas e informes. El atestado completo se deberá entregar encuadernado, foliado,  sella, firmado y rubricado en todas sus páginas.

 

Artículos más importantes de la Ley de Enjuiciamiento criminal que regulan el Atestado Policial

Como hemos dichos, aunque hay otras norma que regulan el atestado, pero estos son los artículo más importante de cara nuestras oposiciones a Fuerzas y Cuerpos de seguridad. Estos y otros se recogen en los exámenes tipo test sobre el atestado policial que os he preparado.

Artículo 292

Los funcionarios de Policía judicial extenderán, bien en papel sellado, bien en papel común, un atestado de las diligencias que practiquen, en el cual especificarán con la mayor exactitud los hechos por ellos averiguados, insertando las declaraciones e informes recibidos y anotando todas las circunstancias que hubiesen observado y pudiesen ser prueba o indicio del delito.

La Policía Judicial remitirá con el atestado un informe dando cuenta de las detenciones anteriores y de la existencia de requisitorias para su llamamiento y busca cuando así conste en sus bases de datos.

Artículo 293.

El atestado será firmado por el que lo haya extendido, y si usare sello lo estampará con su rúbrica en todas las hojas.

Las personas presentes, peritos y testigos que hubieren intervenido en las diligencias relacionadas en el atestado serán invitadas a firmarlo en la parte a ellos referente. Si no lo hicieren, se expresará la razón.

Artículo 294.

Si no pudiere redactar el atestado el funcionario a quien correspondiese hacerlo, se sustituirá por una relación verbal circunstanciada, que reducirá a escrito de un modo fehaciente el funcionario del Ministerio fiscal, el Juez de instrucción o el municipal a quien deba presentarse el atestado, manifestándose el motivo de no haberse redactado en la forma ordinaria.

Artículo 297

Los atestados que redactaren y las manifestaciones que hicieren los funcionarios de Policía judicial, a consecuencia de las averiguaciones que hubiesen practicado, se considerarán denuncias para los efectos legales.

Las demás declaraciones que prestaren deberán ser firmadas, y tendrán el valor de declaraciones testificales en cuanto se refieran a hechos de conocimiento propio.

En todo caso, los funcionarios de Policía judicial están obligados a observar estrictamente las formalidades legales en cuantas diligencias practiquen, y se abstendrán bajo su responsabilidad de usar medios de averiguación que la Ley no autorice.

Artículo 284

1. Inmediatamente que los funcionarios de la Policía judicial tuvieren conocimiento de un delito público o fueren requeridos para prevenir la instrucción de diligencias por razón de algún delito privado, lo participarán a la autoridad judicial o al representante del Ministerio Fiscal, si pudieren hacerlo sin cesar en la práctica de las diligencias de prevención. En otro caso, lo harán así que las hubieren terminado.

2. No obstante, cuando no exista autor conocido del delito la Policía Judicial conservará el atestado a disposición del Ministerio Fiscal y de la autoridad judicial, sin enviárselo, salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que se trate de delitos contra la vida, contra la integridad física, contra la libertad e indemnidad sexuales o de delitos relacionados con la corrupción;

b) Que se practique cualquier diligencia después de transcurridas setenta y dos horas desde la apertura del atestado y éstas hayan tenido algún resultado; o

c) Que el Ministerio Fiscal o la autoridad judicial soliciten la remisión.

2 comentarios en “Test sobre el Atestado Policial”

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

error: Contenido Protegido !!
Scroll al inicio